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ESTATUTO Y CÓDIGO DE ÉTICA



"ART. 2º - La Asociación de Despachantes de Aduana del Uruguay tiene como fines fundamentales:
a) Cuidar la dignidad y prestigio de los Despachantes en todos los órdenes de su gestión, prohijar sus derechos y propender a la defensa de los intereses gremiales.
b) Representar a los socios y protegerlos en todos sus derechos profesionales y administrativos.
c) Propender al mejoramiento moral, material e intelectual de todos los miembros del gremio, incluso luego de su retiro, estimulando entre ellos la práctica de los principios de solidaridad y el estricto cumplimiento de los deberes gremiales y sociales.
d) Gestionar ante los Poderes Públicos la sanción de leyes, tarifas, decretos, reglamentos y toda norma que tiendan a perfeccionar y facilitar los trámites aduaneros y portuarios, y en general las actividades del Comercio Internacional de la República.
e) Participar con las instituciones gremiales representativas del comercio e industria, así como las de fomento de comercio con el exterior, Cámaras, etc., en todo cuanto atañe a los problemas específicamente vinculados con el comercio internacional.
f) Propender a la creación e integrar Organismos Internacionales, que tiendan a prestigiar y a desarrollar la profesión de Despachantes de Aduana.
g) Realizar y prestigiar toda gestión que signifique un progreso para el gremio y el mantenimiento de cordiales relaciones con el comercio, la industria y demás sectores que intervengan en las operaciones de comercio exterior, adoptando todo tipo de iniciativas y prestando servicios a sus asociados y terceros, en forma directa o en asociación con otros sujetos, cuyo objetivo sea posibilitar y perfeccionar el desarrollo de las citadas operaciones. La prestación de estos servicios no implicará la gestión de operaciones de comercio exterior y no tendrá como finalidad la distribución entre los asociados de los ingresos que por ellos se obtengan.
h) Colaborar con los Poderes Públicos, en especial con las Autoridades Aduaneras y Portuarias en el perfeccionamiento de las actividades comunes.
i) Impulsar la difusión del conocimiento académico y práctico de las normas y operativa aduanera, portuaria y del comercio internacional en general, organizando cursos, carreras u otras actividades con esa finalidad. La institución tendrá como misión prestigiar y profundizar el tratamiento de dicha temática y así colaborar con el país para el mejor desarrollo del comercio exterior y de los sujetos que participan del mismo."

Descargue aquí el Estatuto de ADAU, Código de Ética Profesional de ADAU y Código de Ética Profesional de ASAPRA.

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