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Entró en vigencia nuevo decreto para la promoción de inversiones.

Con fecha 30 de setiembre de 2020 se aprobó el decreto 268/2020, el cual entró en vigencia el 7 de octubre, éste tiene por objeto implementar cambios en la normativa que regula la Ley de Promoción de Inversiones. Noticia publicada en MGAP, 15/10/2020.


Los principales cambios tienen como objetivo hacer más accesible para las empresas la obtención de beneficios fiscales, incrementar los mismos, alargar los plazos y considerar como elegibles algunas inversiones que habían quedado fuera.

Los productores agropecuarios contribuyentes de IRAE son quienes pueden acceder a los beneficios fiscales que otorga la Ley de promoción de inversiones. Éstos deben presentar sus propuestas de inversión en la Ventanilla Única de COMAP, en un trámite que no es particularmente complejo.

Aquellas empresas que hayan presentado proyectos de inversión por el Decreto 143/2018 (es el anterior) ante Ventanilla Única de la COMAP con posterioridad al 1º de mayo de este año y hasta transcurridos 60 días de la publicación  del nuevo decreto podrán solicitar sean evaluadas por el  nuevo régimen.

Dentro de las modificaciones que se establecen en relación al decreto 143/18 existen aquellas que afectan a todos los sectores de la economía y otras específicas para el sector agropecuario, comercios y servicios, turismo e industria.

En relación al marco general se destacan los siguientes puntos:

  • Con la obtención de 1 punto en la matriz de indicadores la exoneración de IRAE es un 30% y el plazo mínimo de uso del beneficio es 4 años.
  • Se podrá descontar hasta el 90% del IRAE a pagar en cada ejercicio.
  • La devolución del IVA se aplicará para la adquisición en plaza de materiales y servicios destinados a la obra civil así como a los bienes muebles destinados a los proyectos de inversión.
  • La matriz de indicadores está formada por:   Generación de empleo, Descentralización, Aumento de exportaciones, Tecnologías limpias, Investigación y Desarrollo e Innovación e Indicador sectorial.
  • Un punto importante a destacar en la matriz es el aumento en la ponderación del indicador generación de empleo (50%), buscando apoyar aquellas empresas que incrementan la incorporación de mano de obra, independiente de que la misma integre o no colectivos considerados vulnerables.
  • En relación a la Descentralización la principal modificación es que el puntaje se considera en base a la Tasa de desempleo y que se le  otorga puntaje también a  Montevideo  (por Municipio)

En relación a los proyectos presentados para ser evaluados por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca se destacan modificaciones en los indicadores sectoriales.

  • Se añade como indicador sectorial  el ENCALADO DE SUELOS con el objetivo de estimular  aquellas inversiones que tienden a ajustar la acidificación de los suelos. La inversión considerada es el  transporte desde la barraca a la chacra; costos de aplicación (distribución e incorporación al suelo); costos de la materia prima (ej. calcita, dolomita).
  • Se reincorpora a los indicadores sectoriales  las INVERSIONES EN GENERACIÓN DE ENERGÍA PROVENIENTE DE FUENTES RENOVABLES   
  • Otro punto a destacar es que hasta ahora las exportaciones indirectas se consideraban dentro de los indicadores generales a todos los ministerios. A partir del presente decreto las mismas pasan a considerarse dentro de los indicadores sectoriales específicos del MGAP como CONTRIBUCIÓN A LAS EXPORTACIONES DEL SECTOR AGROPECUARIO.
  • En relación  a la   INVERSIONES EN ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO  mejoran su puntaje, y con ello aumentan los beneficios fiscales. Un aspecto a señalar es que se mantienen las inversiones vinculadas con este indicador, pero se incluyen en el listado la CONSTRUCCIÓN DE TERRAZAS de manera de darles mayor visibilidad. Éstas ya eran consideradas para puntuar  pero en el presente decreto se busca estimular su implementación debido a su importancia en el control de la erosión por disminución de las pérdidas de suelo y  mejora en  las condiciones de humedad de los suelo.
  • Por último se mantiene sin cambios el indicador  DIFERENCIACIÓN DE PRODUCTOS Y PROCESOS - El indicador aceptado serán las nuevas certificaciones oficiales o de reconocimiento internacional que den cuenta de atributos del producto o de su proceso productivo.

Antes de imprimir piense en su compromiso con el medio ambiente