Política Comercial

Consulta Pública relativa a la lista negativa de productos para Freeshop

Se invita a todos los comerciantes nacionales, en especial aquellos localizados en la zona fronteriza, a título individual o en representación de su cámara empresarial, así como a los demás representantes de organismos públicos, academia y sector privado, a realizar aportes y comentarios que contribuyan desde diversas perspectivas y realidades al abordaje de la temática.
Consulta Pública

Corresponde al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) llamar a Consulta Pública sobre la adecuación del listado de bienes cuya comercialización a través de la Tiendas Libres de Impuestos de Frontera (Régimen de Freeshop) quedará prohibida a partir del 1 de enero de 2022.   

No se podrán comercializar los productos listados (ver lista negativa en los adjuntos más abajo)

Las observaciones se reciben a través del correo electrónico consultaFreeshop@mef.gub.uy

Información adicional

  • Resolución GMC 64/19

  • Decreto 10/021

  • Resolución MEF

  • Resumen de modificaciones (pasaje listado positivo a negativo)

Preguntas Frecuentes

¿Quiénes pueden participar en la consulta pública? 

Cualquier comerciante a título personal o en representación de  cámaras empresariales, organismos del Estado, la sociedad civil organizada, la academia, el sector privado y otros.

Para realizar aportes y/o comentarios, se debe indicar  RUT, Cédula de Identidad o documento válido en el territorio nacional.

¿Qué tipo de aportes y/o comentarios se pueden realizar?

Es posible realizar cualquier tipo de aportes y/o comentarios, siempre y cuando no sean inadecuados en virtud de su lenguaje o los contenidos que involucren.

Los aportes y/o comentarios tienen como objetivo: validar, detallar o agregar productos a la lista sometida a consulta.

¿Cuál es el plazo para participar en la consulta pública?

La consulta pública estará abierta a la recepción durante el plazo de 60 días corridos.

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