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Subsidios a empresas - ¿Qué beneficios ofrece a las empresas la Ley de Promoción del Empleo?

La Ley de Promoción del Empleo (19.973) busca fomentar la contratación de determinados grupos de personas otorgando subsidios a las empresas. El porcentaje del subsidio puede alcanzar hasta el 60% del salario si se contratan varones u 80% si son mujeres, en todas las modalidades de contratación. Noticia publicada en página web del MTSS, 4/10/2023.


La Ley de Promoción del Empleo busca fomentar la contratación de determinados grupos de personas otorgando subsidios a las empresas. El subsidio implica créditos con respecto a obligaciones del BPS.
El porcentaje del subsidio puede alcanzar hasta el 60% del salario si se contratan varones, u 80% si son mujeres, en todas las modalidades de contratación.
Cada empresa puede contratar hasta el 20 % de su plantilla laboral por cada grupo social beneficiario.

Importante: la solicitud para acceder a los beneficios otorgados por la ley debe realizarse antes de la contratación de los trabajadores, el beneficio no se aplica para trabajadores ya contratados.

¿Quiénes pueden ser contratados en el marco de esta ley?

Jóvenes de 15 a 29 años
Personas mayores de 45 años
Personas con discapacidad
Modalidades de contratación- jóvenes de 15 a 29 años
Subsidio temporal para la contratación de jóvenes desempleados:

*Duración del subsidio de 6 a 12 meses.
*Empresas reciben subsidio por el 40% de la remuneración, con tope máximo de $9.946 (mujeres / mujeres y varones con personas a cargo - jornada completa). 
*30% de la remuneración, con tope máximo de $ 7.736 (varones sin personas a cargo jornada completa).

Primera experiencia laboral:

*Dirigido a jóvenes de 15 a 24 años que no hayan tenido una experiencia formal de trabajo mayor a 90 días (continuos o discontinuos en dos años). 
*Duración del subsidio de 6 a 12 meses, pudiendo percibir exoneración de aportes si la contratación continúa hasta los 25 años.
*Empresas reciben subsidio de $ 6.631 (varones) o $ 8.289 (mujeres) en jornada completa.
*Si la empresa continúa con la contratación finalizado el plazo del contrato, podrá tener exoneración de aportes jubilatorios patronales a la seguridad social por dicho/a joven hasta que cumpla los 25 años de edad.

Práctica laboral para egresados:

*Duración del subsidio de 6 a 12 meses.
*Dirigida a jóvenes de 15 a 29 años, con formación previa y en busca de su primer empleo vinculado con la titulación que posean.
*Empresas reciben subsidio del 15% de las retribuciones mensuales (materia gravada para seguridad social) del trabajador.
*Tope máximo del subsidio: 15% de 2 Salarios Mínimos Nacionales (SMN).

Trabajo protegido joven:
*Duración del subsidio de 6 a 12 meses.
*Dirigido a jóvenes de 15 a 29 años, en situación de desempleo, pertenecientes a hogares cuyos ingresos estén por debajo de la línea de pobreza.
*Empresas reciben subsidio del 40% (varones) o 60% (mujeres) de las retribuciones mensuales.
*Tope máximo de subsidio: 80% de 2 SMN.

Práctica formativa en empresas para jóvenes de 15 a 29 años:

Remunerada: Se trata de una práctica remunerada que se da en el marco de la formación dual, esto es una modalidad de enseñanza, aprendizaje que incorpora el espacio en la empresa como complementario y potenciador del espacio de aula. Dirigida a jóvenes de 15 a 29 años que se encuentren estudiando en el marco de una formación de tipo dual. La remuneración se ajustará a lo dispuesto en las leyes, laudos y convenios colectivos vigentes, de la categoría del sector de actividad que corresponda. Sobre dicha remuneración se establecerá un subsidio que podrá ser de hasta el 50%
No remunerada: Dirigida a jóvenes de 15 a 29 años que se encuentren estudiando y el programa o currícula exija realizar una práctica laboral relacionada con sus estudios. En las prácticas formativas no remuneradas deberá abonarse el seguro de accidentes y enfermedades profesionales del Banco de Seguros del Estado durante el plazo que dure la práctica. La práctica no podrá superar las 120 horas ni representar más del 50% en la carga horaria total del curso o carrera.
Modalidades de contratación- personas mayores de 45 años
Subsidio temporal para la contratación de mayores de 45 años:

*Duración del subsidio de 6 a 12 meses.
*Dirigido a personas mayores de 45 años, en situación de desempleo continuo superior a 12 meses, o discontinuo superior a 15 en los 24 meses previos a la contratación.
* Empresas reciben subsidio de $7.736, por contratación de varones en régimen de jornada completa

$8.841 por contratación de mujeres en régimen de jornada completa
$9.946 por contratación de varones o mujeres con personas a cargo en régimen de jornada completa

Trabajo protegido mayores de 45 años:

*Duración del subsidio de 6 a 12 meses.
*Dirigido a personas mayores de 45 años, en situación de desempleo, pertenecientes a hogares cuyos ingresos estén por debajo de la línea de pobreza.
*Empresas reciben subsidio de 40% (varones) o 60% (mujeres) de las retribuciones mensuales.
*Tope máximo de subsidio: 80% de 2 SMN

Modalidades de contratación- personas con discapacidad:

Subsidio temporal para la contratación de personas con discapacidad en situación de desempleo:

*Duración del subsidio de 6 a 12 meses.
*Dirigido a personas con discapacidad que se encuentren en situación de desempleo continuo superior a 12 meses, o discontinuo superior a 15 en los 24 meses previos a la contratación. 
*Deberán estar inscriptos en el Registro Nacional de Personas con Discapacidad de MIDES.
*Empresas reciben subsidio de:

$7.736 por contratación de varones en régimen de jornada completa
$8.841 por contratación de mujeres en régimen de jornada completa
$9.946 por contratación de varones o mujeres con personas a cargo en régimen de jornada completa

Además de las poblaciones mencionadas, contempladas en la Ley de Promoción del Empleo, el MTSS ha creado el programa Colectivos en Situación de Vulnerabilidad Social dirigido a:

*Personas trans, afrodescendientes, migrantes, trabajadoras sexuales, clasificadores/as y mujeres en situación de violencia basada en género.
*Personas que integran programas del INAU, INISA, Junta Nacional de Drogas (JND), DINALI, Programa ACCESOS.

Las personas pertenecientes a estos colectivos deberán cumplir los siguientes requisitos para poder ser contratadas en el marco del Programa Colectivos en Situación de Vulnerabilidad Social:

*Ser jóvenes de 15 a 29 años o mayores de 45 años.
*Las personas que integren programas de INAU o INISA deben tener entre 15 y 29 años.
*Estar en situación de desempleo.
*Pertenecer a un hogar cuyos ingresos estén por debajo de la línea de pobreza.
*Duración del subsidio: máximo de 12 meses -salvo excepciones-.
*Empresas reciben subsidio del 60% de la remuneración por contratación de varones, u 80% si son mujeres.
*Tope mensual del subsidio $33.769.

Además, hasta el 30 de noviembre se extendió la implementación de este Programa a todas las personas radicadas en los departamentos de Soriano, Río Negro, Paysandú, Salto y Artigas, considerando el impacto en los niveles de empleo que está habiendo en el litoral oeste.

¿Qué requisitos deben cumplir las empresas para poder acceder al subsidio?

* No pueden ser deudoras del BPS, MTSS o la DGI.
*No deben haber despedido ni enviado al seguro de paro a trabajadores de la misma categoría laboral que los que se contratarán, en los 90 días previos, ni durante la duración del subsidio.
*Tampoco podrán contratar a parientes cercanos

Contacto:

División Políticas de Empleo
DINAE- MTSS- Teléfono: 1928 Interno: 1911
Horario de atención: 10 a 15 horas
Correo electrónico: asesoramientoempleo@mtss.gub.uy

https://www.gub.uy/ministerio-trabajo-seguridad-social/comunicacion/noticias/beneficios-ofrece-empresas-ley-promocion-del-empleo

 

 

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